La Unión Europea cofinancia programas de información y promoción con el objetivo general de reforzar la competitividad del sector agrícola, aumentando el conocimiento de los productos agrícolas de la Unión y sus cuotas de mercado y consumo, mejorando la visibilidad de los mismos tanto dentro como fuera de la Unión.
Con estas acciones se pretende destacar las especificidades de los métodos de producción y aumentar el conocimiento sobre la autenticidad de los regímenes de calidad de la Unión.
Las características y tipos de las acciones, el procedimiento, los productos agrícolas objeto de estos programas y los países en los que se pueden desarrollar los mismos, están regulados en el Reglamento (UE) 1144/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, el Reglamento delegado (UE) 2015/1829 de la Comisión y el Reglamento de ejecución (UE) 2015/1831 de la Comisión.
> ¿Quién gestiona y coordina estos programas?
En España, según el RD 38/2017 de 27 de enero, la Dirección General de la Industria Alimentaria (DGIA) y el Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), de manera coordinada, son los encargados de la gestión y coordinación de los programas simples.
Corresponde a la DGIA, en concreto a la Subdirección General de la Promoción de los Alimentos de España, la verificación y control de los procedimientos de selección de los organismos de ejecución, la coordinación en la firma de contratos y la verificación del material producido en el marco de la campaña.
El FEGA, a través de la Subdirección General de Regulación de Mercados, se encarga de la gestión, control y pago de estas ayudas.
> ¿Cómo se gestionan los programas de promoción e información?
Las solicitudes de ayuda se dirigirán a la Agencia Ejecutiva de Consumidores, Salud, Agricultura y Alimentación de la UE (CHAFEA), organismo encargado de publicar anualmente la convocatoria de propuestas para los programas simples y múltiples. Pueden encontrar más información en los siguientes enlaces:
La Comisión Europea una vez que haya evaluado y seleccionado las propuestas comunicará los programas simples seleccionados al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), quien a través de la DGIA informará a las entidades proponentes sobre la aceptación o no de sus solicitudes.
La firma del contrato para la ejecución de los programas se realizará entre la entidad proponente y el Secretario General de Agricultura y Alimentación del MAPA.
Las solicitudes de pago se presentarán, junto con la documentación relacionada en el Reglamento de ejecución (UE) nº 2015/1831, a través de la Sede electrónica del FEGA > Catálogo de Servicios > Promoción alimentaria
El FEGA es el organismo competente para verificar sistemáticamente las solicitudes de pago, así como realizar los controles administrativos y sobre el terreno de los programas simples.
Una vez realizados los controles, el FEGA lleva a cabo la tramitación, resolución y pago de anticipos, pagos intermedios y saldos de las ayudas a la promoción alimentaria financiadas con cargo a los fondos comunitarios.
Para la correcta gestión de esta medida, el FEGA ha elaborado una Guía de Justificación de Gastos con el objetivo de orientar a los beneficiarios en el cumplimiento de sus responsabilidades de cara a la adecuada justificación de los gastos subvencionables:
> Normativa de aplicación
* Reglamentos comunitarios
* Normas específicas