AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN APLICADA EN EL SECTOR APÍCOLA
> Introducción
La Unión Europea, con miras a mejorar las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas, establece ayudas en el sector de la apicultura y sus productos, cofinanciando, junto con los Estados miembros, los gastos derivados de la realización de proyectos de investigación en este sector.
Para la correcta gestión de los fondos destinados a esta medida es fundamental el conocimiento, por parte de los beneficiarios de esta ayuda, de las condiciones que regulan su concesión y las responsabilidades adquiridas como perceptores de la misma.
> ¿Quién puede ser beneficiario de estas ayudas?
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
Los beneficiarios deberán cumplir, además, con los siguientes requisitos:
> ¿Cómo se gestionan estas ayudas?
La gestión de estas ayudas es asumida de forma compartida por:
El FEGA se encarga todos los años de elaborar y publicar la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos dentro del Programa Nacional de Ayudas a la apicultura. En las bases reguladoras de la Orden AAA/2571/2015 se detallan los requisitos que deben cumplir los proyectos, y los criterios de selección y el procedimiento de evaluación de las solicitudes para la concesión de las subvenciones.
Las solicitudes se dirigirán al Presidente del FEGA, se presentarán de forma electrónica, a través de la sede electrónica de la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (www.mapa.gob.es), en un plazo de quince días hábiles desde el día en que surta efectos la convocatoria publicada en el Boletín Oficial del Estado.
> Características de los proyectos
La duración de los proyectos será anual (entre el 1 de agosto y el 31 de julio del año siguiente) y deberán centrarse en una o varias de las siguientes áreas temáticas:
El beneficiario deberá llevar a cabo el proyecto con, al menos, un centro de investigación público o privado, y la subcontratación que realice el beneficiario con el centro de investigación no podrá exceder del 95% de las actuaciones objeto de la subvención.
Si el beneficiario no realizase el 100% de la actividad objeto de la ayuda, sólo percibirá la parte proporcional correspondiente a la actividad realizada.
> Financiación
La cuantía de estas ayudas se limitará al 85% del coste subvencionable del proyecto.
La intensidad máxima de la ayuda no superará la cantidad de 100.000 euros por proyecto subvencionable y convocatoria, con la única excepción de que se aprobara un único proyecto, en cuyo caso la cuantía de la ayuda podrá ascender a la totalidad del presupuesto disponible para cada convocatoria.
> Normativa aplicable
Resolución por la que se acuerda la continuación del procedimiento establecido en la Resolución de 19 de noviembre de 2019, del Fondo Español de Garantía Agraria O. A. (FEGA O.A.), por la que se convocan subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos dentro del Programa Nacional de Medidas de Ayuda a la Apicultura.
Reglamento (UE) nº 1308/2013, de 17 de diciembre, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007.
Orden APM/1095/2017, de 31 de octubre, por la que se modifica la Orden AAA/2571/2015, de 19 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos, dentro del Programa nacional de medidas de ayuda a la apicultura. (Corrección de errores 12/06/2018)
Extracto de la Resolución de 17 de noviembre del 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. (FEGA), por la que se convocan subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos dentro del Programa Nacional de Medidas de Ayuda a la Apicultura.
Resolución de 19 de mayo de 2022, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. (FEGA) por la que se acuerda la ampliación del plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones previsto en la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de investigación aplicada en el sector apícola y sus productos dentro del Programa Nacional de Medidas de Ayuda a la Apicultura.
> Guía para la justificación de gastos
La presente guía ha sido elaborada por la Subdirección General de Regulación de Mercados del Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), como responsable de la gestión y control del pago de estas ayudas, con el objetivo de orientar a los perceptores de la ayuda en el cumplimiento de sus responsabilidades de cara a la adecuada justificación de los gastos subvencionables.
Para la correcta gestión de los fondos destinados a esta medida es fundamental el conocimiento, por parte de los beneficiarios de esta ayuda, de las condiciones que regulan su concesión y las responsabilidades adquiridas como perceptores de la misma.
En su propio interés, se recomienda a los beneficiarios la lectura detenida de la presente guía.